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Renta 2023 – 24: ¿Hay que declarar el alquiler de una plaza de garaje?

Renta 2023 - 24: ¿Hay que declarar el alquiler de una plaza de garaje?



Todo está listo para que dé comienzo la campaña para la declaración de la Renta 2023/2024 el próximo 3 de abril . A partir de entonces y hasta el próximo 1 de julio , todos los contribuyentes que hayan cobrado más de 22.000 euros anuales ─en caso de tener dos o más pagadores , será a partir de 15.000 euros─ deberán presentar su declaración de IRPF . Aunque es un proceso muy habitual para muchos trabajadores y pensionistas , lo cierto es que algunas particularidades siguen generando incertidumbre. Es el caso del alquiler de una plaza de garaje , una transacción frecuente que muchos ciudadanos todavía no saben si hay que declararla o no . La respuesta a esta pregunta es sí. Así lo afirmó el secretario general del Sindicato de los Inspectores de Hacienda (Gestha), José María Molinero , en conversación con ABC . «No es propiamente un pago entre particulares, sino que responde a una operación , en este caso de arrendamiento de garaje, que está sujeto a IVA , cosa que muchas veces se olvida», explicó al ser preguntando sobre la necesidad de declarar o no los Bizum, poniendo el ejemplo de las plazas de garaje. Por tanto, según este experto, el alquiler de una plaza de garaje debe incluirse dentro de la declaración de la Renta , aunque no en todos los casos. Noticias Relacionadas estandar No Declaración de la Renta 2023 – 24: ¿cuál es el mínimo a declarar si tengo dos o más pagadores? Virginia López Esplá estandar No Qué es usufructuario, la casilla 505, referencia catastral y otras dudas habituales al hacer la declaración de la renta V.L ¿Cuándo se debe declarar el alquiler de un garaje? Hay dos casos a la hora de declara el alquiler de una plaza de garaje. Por un lado, que el garaje se alquile junto con la vivienda y, por otra parte, si esta plaza se alquila de manera independiente , sin ser el anexo de una vivienda. En este primer caso, cuando alquilamos una vivienda donde se incluye esta plaza de garaje, el contribuyente está exento de declarar el IVA porque se declara con la vivienda conforme al IRPF. Así lo recoge la ley del IVA, que señala en su artículo 20 que los inmuebles destinados a vivienda y sus adjuntos (como cuando se alquila una casa más el garaje) están exentos. De esta manera, en la declaración de la Renta se debe hacer conforme al modelo de vivienda . No sucede lo mismo en el segundo caso, cuando el garaje se alquila de manera independiente , pues entonces sí debe declararse el IVA dentro de la declaración de la Renta. Se firma un contrato de arrendamiento y cada mes se debe emitir una factura, donde se refleje ese 21% del Impuesto sobre el Valor Añadido. Ya en la declaración de la Renta, debe tributar sobre los rendimientos del capital inmobiliario , además de los gastos derivados del tiempo que ha estado alquilado. ¿Hasta cuándo se puede presentar el borrador de la declaración de la Renta? El calendario de la campaña de la Renta 2023/2024 ya se ha dado a conocer. El próximo miércoles 3 de abril será el día que los contribuyentes puedan comenzar a presentar la declaración de la renta por internet . Aquellos que quieran hacerlo de forma presencial o telefónica tendrán que esperar unos días más. El próximo 1 de julio será el día en que se cierre la presentación del borrador de la Renta. Este es el calendario de la campaña de la Renta 2023/2024 y las fechas más importantes a tener en cuenta antes de presentar el borrador: Fechas de la campaña de la Renta 2023/2024 3 de abril: apertura de la campaña de la Renta por internet 29 de abril: apertura de la solicitud de citas para la atención telefónica 7 de mayo: comienza la campaña de la declaración de Renta por teléfono 29 de mayo: apertura de citas para la atención presencial en Hacienda 3 de junio: comienza la campaña de la Renta presencial 28 de junio: último día para pedir cita tanto presencial como telefónica 1 de julio: último día de la campaña de la Renta Los contribuyentes que deseen hacer la declaración por teléfono o presencialmente deben pedir cita por internet o en los teléfonos 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (servicio automático) y 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (atención personal).



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Author : (abc)

Publish date : 2024-03-19 05:01:00

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